Política de conflictos de interés

Se entiende por conflicto de interés cualquier relación que pueda influir en la objetividad del proceso editorial. Las diversas personas involucrados en el proceso editorial deberán asumir las siguientes responsabilidades:

Autoras

  • Deberán declarar qué fuentes de financiamiento permitieron la elaboración del artículo, relaciones laborales o institucionales relevantes, e intereses personales o ideológicos que puedan sesgar el trabajo.

Dictaminadoras

  • Deberán abstenerse si existe relación directa con el autor, competencia académica o colaboración reciente. Asimismo, deberán informar cualquier posible sesgo antes de aceptar la revisión.

Para el equipo editorial

  • Deberán evitar la asignación de manuscritos en los que sea de su conocimiento la existencia de conflicto de interés.